Renovación de la Tarjeta de Residencia y Trabajo
Cuándo renovar, qué requisitos se exigen tras el nuevo Reglamento de Extranjería, cuánto dura la renovación y qué pasa con el arraigo. Te ayudamos a renovar en plazo y sin perder derechos.
Respuesta rápida: la renovación se pide en los 2 meses anteriores al vencimiento de tu autorización (o hasta 3 meses después, con posible multa). Presentarla en plazo prorroga tu autorización hasta que se resuelva, así que puedes seguir viviendo y trabajando. La renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena o propia se concede, en general, por 4 años.
Cuándo solicitar la renovación
| Momento | Efecto |
|---|---|
| Durante los 2 meses anteriores al vencimiento | Plazo ordinario. Tu autorización se prorroga hasta la resolución. |
| Hasta 3 meses después del vencimiento | Se admite y también prorroga, pero puede abrirse un procedimiento sancionador (infracción leve, multa de hasta 500 €). |
| Más de 3 meses después | Ya no es renovación: tendrás que estudiar otra vía para regularizarte. |
Silencio positivo: si la Oficina de Extranjería no resuelve la renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena en 3 meses, se entiende concedida.
Requisitos para renovar la residencia y trabajo por cuenta ajena
Según el artículo 80 del Reglamento de Extranjería (RD 1155/2024), basta con acreditar una de estas situaciones:
- Continuidad en la relación laboral que dio lugar a la autorización.
- Al menos 3 meses de trabajo al año y un nuevo contrato, un contrato condicionado o estar inscrito como demandante de empleo tras perder el trabajo por causas ajenas a tu voluntad.
- 9 meses de alta en la Seguridad Social dentro de un periodo de 12 meses.
- Que tu cónyuge o pareja cumpla los requisitos económicos para reagruparte.
- Ser víctima de violencia de género o sexual, entre otros supuestos protegidos.
Además, se revisan los antecedentes penales y, si tienes hijos en edad de escolarización obligatoria, se pide el informe de escolarización. Un informe favorable de esfuerzo de integración emitido por tu comunidad autónoma se valora, especialmente si no cumples algún requisito.
¿Cuánto dura la renovación?
Residencia y trabajo (cuenta ajena o propia)
La renovación se concede, con carácter general, por 4 años y permite trabajar por cuenta ajena y propia en toda España. Si la primera autorización duró menos de un año, la renovación puede limitarse a un año.
Arraigo
Las autorizaciones por arraigo se conceden y prorrogan por 1 año (el arraigo familiar, por 5). Para seguir después se tramita una modificación a residencia y trabajo. Más información en los requisitos del arraigo.
La tarjeta (TIE) tras la renovación
Cuando te notifiquen la resolución favorable, debes pedir cita para la toma de huellas y solicitar la nueva TIE en el plazo de 1 mes, pagando la tasa correspondiente. Mientras tanto, conserva el justificante de la renovación: acredita que tu autorización está vigente. Si tienes dudas sobre si puedes trabajar durante el trámite, lee trabajar con el NIE o la TIE en trámite.
¿Llevas 5 años de residencia legal? Puede interesarte pedir directamente la residencia de larga duración. Y si te deniegan la renovación, consulta el recurso contra la resolución no favorable.
Preguntas frecuentes sobre la renovación
¿Con cuánta antelación puedo renovar la tarjeta de residencia?
Desde 2 meses antes de que caduque tu autorización. También puedes presentarla hasta 3 meses después del vencimiento, aunque con posible multa.
¿Puedo trabajar mientras se resuelve la renovación?
Sí. Si la presentas en plazo, tu autorización anterior se prorroga hasta que se resuelva y puedes seguir trabajando.
¿Cuánto dura la tarjeta renovada?
La renovación de residencia y trabajo se concede en general por 4 años. Las autorizaciones de arraigo se prorrogan por 1 año.
¿Qué pasa si Extranjería no contesta mi renovación?
En la renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena, si no resuelven en 3 meses, se entiende concedida por silencio positivo.
¿Necesitas renovar tu permiso?
Revisamos si cumples los requisitos y presentamos tu renovación en plazo para que no pierdas derechos.