Recurso contra Orden de Expulsión
Qué hacer si te notifican una orden de expulsión: plazos para recurrir, cómo pedir la suspensión, qué dicen los tribunales sobre la expulsión por estancia irregular y cómo afecta al arraigo.
Respuesta rápida: una orden de expulsión se puede recurrir con recurso de reposición en 1 mes o recurso contencioso-administrativo en 2 meses desde la notificación, pidiendo la suspensión para que no se ejecute mientras tanto. Además, por estar en situación irregular la sanción ordinaria es una multa: los tribunales exigen circunstancias agravantes para imponer la expulsión.
Cómo recurrir la orden de expulsión
Recurso de reposición
Potestativo. Se presenta ante la misma autoridad que dictó la orden en el plazo de 1 mes desde la notificación.
Recurso contencioso-administrativo
Ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses. Requiere abogado y procurador. Conviene solicitar la suspensión cautelar de la expulsión.
Los plazos son muy breves. Si dejas pasar el plazo, la orden es firme. Contacta con un abogado en cuanto recibas la notificación, y todavía antes si te han abierto un procedimiento preferente.
¿Pueden expulsarme solo por no tener papeles?
Encontrarse irregularmente en España es una infracción grave (art. 53.1.a de la Ley de Extranjería) cuya sanción principal es una multa de 501 a 10.000 euros. La expulsión solo puede sustituir a la multa de forma motivada y proporcional, y el Tribunal Constitucional (STC 47/2023) y el Tribunal Supremo exigen que concurran circunstancias agravantes además de la mera estancia irregular. Nunca pueden imponerse a la vez multa y expulsión.
La expulsión también puede acordarse, por ejemplo, tras una condena por delito doloso castigado con más de 1 año de prisión. Hay colectivos especialmente protegidos, como los residentes de larga duración o quienes nacieron en España y llevan 5 años de residencia legal.
Procedimiento ordinario y preferente
| Ordinario | Preferente | |
|---|---|---|
| Cuándo | Regla general | Riesgo de fuga, obstaculización o riesgo para el orden público |
| Alegaciones | Plazo ordinario | 48 horas |
| Salida voluntaria | De 7 a 30 días | No hay plazo de salida voluntaria |
| Internamiento (CIE) | No cabe | Posible, por orden judicial y máximo 60 días |
- Caducidad: el procedimiento debe resolverse en 6 meses desde su inicio.
- Prohibición de entrada: hasta 5 años (hasta 10 en casos graves). En la expulsión por estancia irregular, se revoca si sales de España dentro del plazo de salida voluntaria y lo acreditas.
- Efecto: la expulsión extingue las autorizaciones que tuvieras y archiva las solicitudes de residencia en trámite.
¿Puedo pedir el arraigo si tengo una orden de expulsión?
El Reglamento de Extranjería (art. 240) prevé que una orden de expulsión por estancia irregular no ejecutada se revoque cuando procede conceder una autorización por circunstancias excepcionales, como el arraigo. Por eso es clave analizar tu caso cuanto antes: a veces la mejor defensa frente a la expulsión es acreditar que cumples los requisitos del arraigo.
Más información sobre recursos en recurso contencioso-administrativo y recurso contra resoluciones no favorables.
Preguntas frecuentes sobre la expulsión
¿Qué plazo tengo para recurrir una orden de expulsión?
1 mes para el recurso de reposición y 2 meses para el recurso contencioso-administrativo, desde la notificación.
¿Me pueden expulsar solo por estar sin papeles?
La sanción ordinaria por estancia irregular es una multa. Según el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo, la expulsión exige circunstancias agravantes y una resolución motivada.
¿Cuántos años de prohibición de entrada conlleva la expulsión?
Hasta 5 años con carácter general, y hasta 10 en supuestos graves. En la expulsión por estancia irregular se revoca si sales de España dentro del plazo de salida voluntaria.
¿Puedo pedir el arraigo con una orden de expulsión?
El Reglamento prevé la revocación de la orden de expulsión por estancia irregular no ejecutada cuando procede conceder una autorización por circunstancias excepcionales como el arraigo. Hay que estudiar cada caso.
¿Te han notificado una orden de expulsión?
Analizamos tu expediente, preparamos el recurso y solicitamos la suspensión para proteger tu permanencia en España.