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Casarse en el Extranjero Siendo Español: Capacidad e Inscripción

Por Elena Mochales | Actualizado: | 7 min lectura

Respuesta rápida: un español puede casarse en otro país según la ley de ese país. Si la autoridad local lo pide, necesita antes un certificado de capacidad matrimonial. Lo expide, tras un expediente con audiencia reservada, el notario, el Letrado de la Administración de Justicia, el Registro Civil o el cónsul del domicilio de uno de los novios (art. 58.11 de la Ley 20/2011). Después hay que inscribir el matrimonio en el Registro Civil español, consular o en España, para que tenga efectos aquí. La inscripción es gratuita. En Marruecos el certificado es imprescindible: sin él, el Consulado no inscribe el matrimonio. Con la inscripción, tu cónyuge puede pedir el visado y la residencia de familiar de español (5 años).

Dos formas de casarte con un extranjero

Boda en el país de tu parejaBoda en España por poderes
Trámite previo en EspañaExpediente de capacidad matrimonialExpediente matrimonial
Audiencia reservadaSí, a los dos por separado (tu pareja, en el consulado)Sí, a los dos por separado
Quién tiene que viajarTú, al país de la bodaNadie: tu pareja da un poder especial
Después de la bodaInscribir el matrimonio extranjero en el Registro Civil españolSe inscribe directamente en España
Reconocimiento en el país de tu parejaSí, porque se casa según su leyDepende del país: Marruecos no reconoce el matrimonio civil
GuíaEsta páginaMatrimonio por poderes

Paso 1: el certificado de capacidad matrimonial

Algunos países exigen al extranjero que quiere casarse allí un documento de su país que acredite que puede contraer matrimonio. En España es el certificado de capacidad matrimonial (art. 58.11 LRC):

  • Quién lo expide: el Letrado de la Administración de Justicia, el notario, el encargado del Registro Civil o el cónsul del domicilio de cualquiera de los contrayentes. Si vives fuera e inscrito en un consulado, puedes pedirlo allí.
  • Expediente previo: se comprueba la capacidad y la ausencia de impedimentos, y se hace una audiencia reservada a cada contrayente por separado. La de tu pareja la hace el consulado español de su zona.
  • Vigencia: el certificado no puede expedirse con más de 6 meses de antelación a la boda, así que conviene casarse dentro de ese plazo.
  • Documentos habituales de los dos: certificado literal de nacimiento, certificado de estado civil, empadronamiento o certificado de residencia, documento de identidad y, si hubo matrimonio anterior, el certificado con el divorcio inscrito o la defunción del cónyuge. Los documentos extranjeros van apostillados o legalizados y traducidos.

Paso 2: la boda según la ley del país

Con el certificado, os casáis ante la autoridad local y en la forma que marque ese país. Pide el acta o certificado de matrimonio y legalízalo o apostíllalo allí mismo: lo necesitarás para la inscripción.

Caso práctico: casarse en Marruecos

Según el Consulado General de España en Casablanca:

  • Los consulados españoles en Marruecos no celebran matrimonios mixtos. Como allí no existe el matrimonio civil, la única forma es el matrimonio coránico ante adules.
  • El español debe pedir antes el certificado de capacidad matrimonial en el Registro Civil de su residencia. Es imprescindible y se entrega a los adules.
  • La obligación afecta también a los españoles de origen marroquí o con doble nacionalidad.
  • Sin ese certificado, el matrimonio no se inscribe y no sirve para visados ni para la residencia.
  • Los documentos marroquíes van apostillados (Marruecos aplica el Convenio de La Haya desde 2016) y traducidos al español.

Paso 3: inscribir el matrimonio en el Registro Civil español

Dónde pedirlaCuándo
Registro Civil Consular del lugar de la bodaOpción general para matrimonios celebrados fuera (art. 10 LRC)
Cualquier Oficina General del Registro Civil en EspañaSi residís en España. La oficina tramita y remite la inscripción (art. 10 LRC).
  • Documentos habituales: acta de matrimonio legalizada o apostillada y traducida, copia del certificado de capacidad matrimonial, certificados de nacimiento, identificación de los dos y formulario de solicitud firmado por el cónyuge español.
  • Comprobación: antes de inscribir, el registro verifica que se cumplían los requisitos de validez del Derecho español (art. 65 CC y art. 58.10 LRC). Puede hacer audiencias o pedir más documentos, sobre todo si no hubo expediente previo.
  • Resultado: se entrega el certificado literal de matrimonio. Desde el 30 de abril de 2021 ya no se expiden libros de familia.
  • Coste: la inscripción es gratuita. Los gastos están en legalizaciones y traducciones.

¿Cuánto tarda? No hay un plazo fijo. Depende de la carga del registro o consulado y de si piden audiencias o documentos. Pide la inscripción en cuanto tengas el acta legalizada.

Paso 4: visado y residencia de tu cónyuge

Con el matrimonio inscrito, tu cónyuge extranjero entra en el régimen de familiares de personas con nacionalidad española (arts. 93-99 del Reglamento de Extranjería, RD 1155/2024). Ya no se aplica la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE, que ahora es solo para familiares de ciudadanos de otros países de la Unión.

  • Si está fuera de España, pide el visado en el consulado español de su país.
  • Si los dos estáis en España, puede pedir la autorización desde aquí.
  • La autorización dura 5 años y permite trabajar por cuenta ajena o propia.
  • Tras 1 año de residencia legal casados y sin separación, puede pedir la nacionalidad española por residencia (art. 22.2.d CC).

Si el consulado deniega el visado, lee cómo actuar en recursos por denegación de visado. Más información sobre expediente, entrevista y efectos en matrimonio con extranjeros. Si acabas de obtener la nacionalidad, recuerda que eres español desde la inscripción de la jura.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el certificado de capacidad matrimonial?

Es el documento que acredita que un español puede casarse y no tiene impedimentos, para presentarlo ante la autoridad extranjera. Lo expide el notario, el Letrado de la Administración de Justicia, el Registro Civil o el cónsul del domicilio tras un expediente con audiencia reservada.

¿Cuánto dura el certificado de capacidad matrimonial?

No puede expedirse con más de 6 meses de antelación a la celebración, por lo que conviene casarse dentro de ese plazo.

¿Es obligatorio para casarme en Marruecos?

Sí. El Consulado de España en Casablanca lo considera imprescindible, también para españoles de origen marroquí. Sin él, el matrimonio no se inscribe y no sirve para el visado ni la residencia.

¿Dónde inscribo mi matrimonio celebrado en el extranjero?

En el Registro Civil Consular del lugar de la boda o, si residís en España, en una Oficina General del Registro Civil. La inscripción es gratuita y después se obtiene el certificado literal de matrimonio.

¿Qué permiso consigue mi cónyuge extranjero?

La autorización de residencia de familiar de persona con nacionalidad española, de 5 años y con derecho a trabajar. Si está fuera de España, primero pide el visado en el consulado.

¿Vas a casarte fuera de España? Te acompañamos en el expediente de capacidad y en la inscripción.

Elena Mochales Abogada · ICAM C69993

Abogada en ejercicio colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid desde 2000. Especializada en extranjería, nacionalidad, visados y recursos de inmigración.

Este contenido tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Cada caso es único. Consulta con un abogado de extranjería cualificado.