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Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos): Plazo Cerrado y Alternativas

Por Elena Mochales | Actualizado: | 5 min lectura

Respuesta rápida: el plazo para pedir la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática (“Ley de Nietos”, disposición adicional 8.ª de la Ley 20/2022) terminó el 22 de octubre de 2025. La ley solo permitía una prórroga de un año, que ya se usó, así que no se admiten nuevas solicitudes. Si pediste cita antes del 23 de octubre de 2025 y tienes el justificante, tu expediente sigue adelante. Si no llegaste a tiempo, los nietos de españoles originarios pueden pedir la nacionalidad por residencia con solo 1 año de residencia legal en España (ver alternativas).

Vídeo: Elena Mochales explica la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática (grabado cuando el plazo estaba abierto).

¿Qué era la nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática?

La Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, abrió un procedimiento extraordinario para que hijos y nietos de españoles (entre otros, descendientes de exiliados por razones políticas, ideológicas o de creencia, y de mujeres que perdieron la nacionalidad al casarse con extranjeros) pudieran optar a la nacionalidad española de origen sin necesidad de residir en España.

El plazo inicial era de dos años desde la entrada en vigor de la ley y el Consejo de Ministros lo prorrogó un año más, hasta el 22 de octubre de 2025, que era la única prórroga que permitía la ley. Desde el 23 de octubre de 2025 no se admiten nuevas solicitudes ni peticiones de cita por esta vía.

Si ya presentaste la solicitud o pediste cita a tiempo

  • Tu expediente sigue adelante: lo que contaba era haber pedido la cita o presentado la solicitud dentro del plazo, aunque la cita sea posterior. Los consulados envían credenciales para elegir fecha y piden aportar el justificante de que la solicitud entró en plazo (por ejemplo, aviso del Consulado General de España en Londres).
  • Conserva el justificante de la solicitud o de la cita (por ejemplo, el documento con código CSV) y atiende los requerimientos del consulado o del Registro Civil.
  • Tras la concesión, la nacionalidad se inscribe en el Registro Civil (el consular, si vives fuera de España) y, en su caso, tendrás que realizar los trámites de jura o declaración que te indiquen: consulta la guía de la jura de nacionalidad.
Vídeo: documentos que se presentaban con la solicitud en el consulado.

Alternativas para hijos y nietos de españoles tras el cierre del plazo

El Código Civil mantiene vías ordinarias que pueden servir a muchos descendientes de españoles. Hay que estudiar cada caso, pero las más habituales son:

VíaPara quiénClave
Nacionalidad por opción (art. 20 del Código Civil)Hijos de padre o madre que fue originariamente español y nació en España (art. 20.1.b), y personas que están o estuvieron bajo la patria potestad de un español (art. 20.1.a). No sirve para nietosNo exige residir en España
Residencia de 1 año (art. 22.2.f del Código Civil)Nacidos fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela que originariamente hubieran sido españolesExige residir legalmente en España 1 año
Residencia de 2 años (art. 22.1 del Código Civil)Nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y sefardíesExige residencia legal de 2 años
Fuente: artículo 20 y artículo 22 del Código Civil. La residencia siempre debe ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Para la vía de residencia necesitas primero una autorización de residencia en España: consulta los tipos de permiso de residencia y la guía de la nacionalidad por residencia. Tienes un resumen de todas las vías en nuestra página de nacionalidad española.

Preguntas frecuentes

¿Todavía se puede pedir la nacionalidad por la Ley de Nietos?

No. El plazo de la Ley de Memoria Democrática terminó el 22 de octubre de 2025 y no se admiten nuevas solicitudes por esa vía.

Pedí cita antes del 22 de octubre de 2025, ¿sigue valiendo?

Sí. Si pediste cita antes del 23 de octubre de 2025 y tienes el justificante de que tu solicitud entró en plazo, el consulado te enviará credenciales para elegir fecha y presentar la documentación, aportando ese justificante.

Soy nieto de español y no llegué a tiempo, ¿qué puedo hacer?

Puedes valorar la nacionalidad por residencia de 1 año si naciste fuera de España de padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles, u otras vías del Código Civil según tu caso.

¿Habrá una nueva prórroga de la Ley de Memoria Democrática?

No está prevista. La ley solo permitía una prórroga de un año, que ya se aplicó hasta el 22 de octubre de 2025, así que reabrir esta vía exigiría aprobar una nueva norma.

¿Pueden los bisnietos de españoles pedir la nacionalidad?

Los bisnietos no tenían una vía directa: la ley permitía optar a los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen por esta ley, y ese plazo también terminó el 22 de octubre de 2025. Si tu padre o tu madre ya es español y eres menor de edad, puedes optar por estar bajo su patria potestad (art. 20.1.a del Código Civil).

¿Eres descendiente de españoles? Estudiamos tu árbol familiar y te decimos qué vía te corresponde: solicita una consulta.

Elena Mochales, abogada
Elena Mochales Abogada · ICAM C69993

Abogada en ejercicio colegiada en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid desde 2000. Especializada en extranjería, nacionalidad, visados y recursos de inmigración.

Este contenido tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal. Cada caso es único. Consulta con un abogado de extranjería cualificado.