Arraigo por colaboración

Residencia Temporal por Colaboración: Un Arraigo Renovado contra la Irregularidad Laboral»

Introducción:

Arraigo por colaboración o la Residencia Temporal por Colaboración con Autoridades Administrativas es una autorización de residencia que se concede a extranjeros que colaboran con las autoridades laborales, denunciando a empleadores que los han contratado de manera irregular. Este permiso, en muchos aspectos, se asemeja al antiguo arraigo laboral, pero con requisitos y condiciones actualizadas.

Arraigo por colaboración requisitos :

Para obtener este permiso, es esencial cumplir con ciertos requisitos:

  1. No ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
  2. Carecer de antecedentes penales en España y en otros países de residencia en los últimos cinco años.
  3. No tener prohibida la entrada en España ni encontrarse dentro del plazo de compromiso de no retorno.
  4. Acreditar haber trabajado de manera irregular durante al menos seis meses en el último año.
  5. Colaborar con la administración laboral, demostrando los hechos a través de una sentencia judicial.

A diferencia del antiguo arraigo laboral, ya no es necesario haber permanecido en España dos años de manera irregular y continuada.

Documentación para residencia por colaboración:

Al presentar la solicitud, es crucial adjuntar la siguiente documentación:

  1. Modelo oficial EX-10 por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Copia del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de cuatro meses.
  3. Certificado de antecedentes penales de los países en los que se ha residido.
  4. Informe de la autoridad administrativa correspondiente demostrando la colaboración efectiva que justifica el permiso.
  5. Pago de la tasa Modelo 790 código 052.

Si la documentación proviene de otros países, es necesario que esté traducida al castellano o a la lengua cooficial del territorio en el que se presente la solicitud.

Solicitud Arraigo por colaboración:

Una vez presentada la solicitud, la administración tiene tres meses para emitir su resolución. En caso de no recibir respuesta en este plazo, se considerará rechazada por silencio administrativo negativo.

En caso de una resolución positiva del arraigo por colaboracion, se dispone de un mes para solicitar la tarjeta de residencia en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía correspondiente. Es importante solicitar una cita previa, ya que las fechas pueden dilatarse, asegurando así una presentación oportuna de la documentación.

conclusión:

Presentar la documentación de manera adecuada y en el tiempo estipulado es crucial para obtener una resolución favorable. Si tienes dudas o necesitas asistencia en este proceso, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte en tu camino hacia una residencia legal en España.

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